Un albañil de Viedma, mientras se dirigía en su moto desde su casa hacia su trabajo, fue embestido por un vehículo. A raíz del siniestro sufrió politraumatismos, por lo que debió ser derivado inmediatamente al Hospital Artémides Zatti.
Trabajaba para una empresa constructora y estaba correctamente registrado. Por lo tanto, se efectuó la denuncia a su ART y se le realizaron estudios médicos de la rodilla izquierda, ambas muñecas y el hombro derecho. Posteriormente, fue intervenido quirúrgicamente en su rodilla y en la etapa postoperatoria recibió tratamiento kinesiológico hasta que la aseguradora decidió otorgarle el alta médica.
El trabajador acudió a la Comisión Médica porque consideró que se omitió evaluar la lesión en el hombro derecho y otorgó un porcentaje de incapacidad. Sin embargo, el obrero de la construcción consideró que no se tuvo en cuenta la lesión de la rodilla, lo que lo llevó a rechazar la oferta indemnizatoria de la ART e iniciar la demanda.
En la pericia médica se concluyó que el albañil “padeció un politraumatismo debido a accidente vial con lesión en rodilla izquierda que requirió reparación quirúrgica del ligamento cruzado anterior, lo cual generó la limitación en la movilidad de la rodilla, objetivada en el examen físico. Por otro lado, también se observaron movimientos limitados en el hombro derecho”.
Además, la pericia psicológica informó que “se encontraría cursando una neurosis de tipo obsesiva con sintomatología de índole ansiógena y de angustia”.
Se denomina accidente in itinere al que ocurre cuando un trabajador se está desplazando desde su domicilio hasta su lugar de trabajo o viceversa. Si se hace de manera directa, forma parte de lo indemnizable como si el accidente hubiese ocurrido dentro del ámbito laboral.
La Cámara Laboral de Viedma condenó a la empresa Prevención A.R.T. S.A. a abonarle una indemnización cercana a los 10 millones de pesos.