Durante la pandemia una señora de Viedma recibió un llamado telefónico de una persona que dijo ser trabajador de ANSES. Le informó que le otorgarían el Ingreso Familiar de Emergencia. Para ello debía concurrir a un cajero automático. Todo resultó una estafa que la llevó hasta el Veraz.
Un fallo ordenó al banco resarcir a la clienta, poniendo el acento en las cuestiones de seguridad que regían en aquel momento.
El llamado, según se verificó después a través de una causa penal en la provincia de Córdoba, fue realizada desde el penal de Bouwer, en dicha provincia. Se detectaron muchos casos similares.
En el llamado la señora fue guiada para cambiar la clave de acceso al Home Banking. Según explicó, la clienta no pudo comprender que estaba cayendo en un engaño. El estafador sacó un préstamo personal a nombre de la mujer y se transfirió inmediatamente los fondos a una cuenta bancaria de otro banco.
Cuando la mujer detectó lo sucedido se dirigió al banco. Una empleada le indicó que había muchos casos como el suyo, sin brindarle una solución al problema. Luego realizó la denuncia en la Comisaría Primera de Viedma, en la que le comentaron que se han realizado más de diez denuncias previas a la suya por el mismo motivo.
La entidad financiera, por su parte, señaló en el expediente que la culpa de lo sucedido era de la propia señora y negó que corresponda resarcimiento alguno “toda vez que lo ocurrido se debe al obrar negligente de la actora”.
A pesar de la existencia de una medida cautelar dictada por el Poder Judicial, un año después la mujer se presentó en el expediente porque figuraba en el Veraz como deudora del préstamo personal que tenía como acreedor al Banco Patagonia.
El banco explicó que fue “un error material producto de la carga manual de los datos” y refirió que el tema ya había sido solucionado.
En el expediente consta también un informe de la Fiscalía De Instrucciones de Causas Complejas del Poder Judicial de Córdoba. Da cuenta que las actuaciones se recibieron en febrero de 2021, con otras presentaciones de hechos de similares características, perpetradas a través de la misma línea telefónica, todas vinculadas por celdas correspondientes al Establecimiento Penitenciario de Bouwer.
Una pericia dio cuenta que en el momento del hecho las medidas de seguridad no permitían constatar fehacientemente la identidad de la persona que efectuaba la operación.
«Por lo analizado y la información proporcionada, no se encontraba regulado la confirmación vía telefónica o por otro medio que no fuera el ingreso de una clave de seguridad para la otorgación de préstamos personales pre-aprobados», explicó el perito.
Ante la sucesión de casos, más adelante, en julio de 2021, se dispuso “incorporar para los préstamos pre-aprobados requerimientos de identificación positiva de identidad del usuario del servicio financiero”.
El juez civil de Viedma, tras analizar la prueba documental y los testimonios, concluyó que “quién operó el Home Banking de la actora para obtenerlo no fue ella sino terceras personas. Esa conclusión nos pone directamente ante un escenario que califica la ausencia de voluntad” que requiere la celebración de un contrato de este tipo.
Por eso, el préstamo “debe ser declarado nulo totalmente y consecuentemente ineficaz”.
Así, resolvió hacer lugar a la demanda por Daños y Perjuicios, declarar la nulidad del préstamo y condenar al Banco Patagonia SA a pagar 676 mil pesos por Daño Moral y un millón y medio más por daño punitivo.