Protagonizó un incidente vial en Cipolletti y la camioneta Ford Eco Sport sufrió daños importantísimos. Cuando pretendió arreglarla, en el taller le informaron que la reparación superaba el 80 por ciento del valor. Solicitó a la aseguradora destrucción total pero le negaron la cobertura. Un fallo Civil le dio la razón al cliente.
La sentencia de primera instancia tuvo por corroborados los daños en la camioneta y enmarcó la resolución en la ley de Defensa del Consumidor. La aseguradora tenía el deber de acreditar las circunstancias por las cuales se consideraba la exclusión de la cobertura y no lo hizo.
Entre el valor del vehículo y el de la reparación había solo un veinte por ciento de diferencia, por lo que correspondía, según el cliente, declararse la destrucción total. El hombre cruzó algunas cartas documentos con la aseguradora hasta que le rechazaron la cobertura.
Primero fue a una mediación y después terminó por iniciar el juicio civil. Durante el trámite acreditó los daños en la camioneta y los presupuestos tanto de mano de obra del taller como de repuestos.
“Tengo por acreditado que la reparación del vehículo tenía un costo de reparación que superaba el 80 por ciento del valor de la unidad al momento del siniestro y que injustificadamente la demandada no brindó la cobertura por daño total que se reclamaba conforme los presupuestos que le fueron presentados y en los términos en los que fue contratada la póliza”, surge de la sentencia.
Sobre la base de esos argumentos el fallo condenó a Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa LTDA a abonarle una suma de dinero más intereses al cliente por cumplir con los términos de la contratación.